Presentación de consultas y reclamos de seguros en la CMF

Sus consultas y reclamos serán atendidos por el Área de Atención Ciudadana

Foto Presentación de consultas y reclamos de seguros en la SVS

Usted puede efectuar una presentación escrita a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) utilizando los Formularios de Consulta o Reclamo, o carta dirigida a esta Comisión. Adicionalmente, esta carta también puede ser remitida por las oficinas comunales y regionales del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) a esta Comisión.

Las presentaciones que se reciban deberán encontrarse debidamente firmadas por el interesado, acompañando los antecedentes que sustenten su presentación, e idealmente la respuesta de la compañía de seguros, del corredor de seguros o del liquidador de siniestro, en su caso.

El horario de atención presencial de la Comisión para el Mercado Financiero se extiende de lunes a viernes, entre las 9:00 y las 13:30 horas, en Alameda 1449, piso 1, teléfono 2617 4000.

En caso de residir en alguna otra región distinta a la Metropolitana, podrá enviar su reclamo por correo postal a la Casilla 2167, Santiago, o presentarlo en la oficina del Sernac más cercana a su domicilio.

Recibida una consulta o reclamación escrita, la CMF requerirá si fuere necesario a la entidad implicada, e informará al interesado por escrito el resultado de las gestiones realizadas.

La intervención de la CMF no excluye el deber de las compañías de seguros, de responder a las consultas y/o reclamos que les formulen directamente sus asegurados.

La intervención y opiniones que administrativamente emita esta Comisión no se oponen al derecho de las partes de ejercer las acciones que correspondan ante los Tribunales de Justicia, o recurrir a la instancia arbitral prevista en las condiciones de las pólizas.

Para mayor información puede consultar la información sobre los canales de atención en el Portal CMF.

Temas relacionados

Es el servicio denominado “Conoce tu Seguro”, el cual está dirigido a personas naturales y jurídicas, que desean conocer información respecto de sus seguros o aquellos en que la entidad que representa es el asegurado o contratante.

El primer paso para cobrar un seguro es denunciar el siniestro ante la compañía de seguro, para que se realice el informe de liquidación.

Al contratar un seguro es necesario tener en cuenta que el asegurado tiene derechos y deberes.

El Seguro de Vida debe cubrir las necesidades de la familia en caso de fallecimiento del generador de ingresos.

La Comisión para el Mercado Financiero cuenta con un registro de sanciones de las entidades del mercado de seguros, para advertirle de empresas o sociedades que hayan infringido la normativa o ley.

Términos relacionados

Modalidad de pensión que otorga una renta mensual fija, desde el momento en que se suscribe el contrato (Renta Vitalicia Inmediata) o a partir de un período establecido (Renta Vitalicia Diferida) hasta el fallecimiento del afiliado, incluyendo el pago de pensiones de sobrevivencia a los beneficiarios legales.

Otorga una indemnización a los beneficiarios, en caso de fallecimiento del asegurado por una causa cubierta en la póliza y permite el ahorro de una suma de dinero asociado al sistema previsional.

Otorga una indemnización al asegurado por daño o pérdida de los bienes asegurados, derivados de la sustracción ilegítima por parte de terceros.

Otorga una indemnización al asegurado a consecuencia de las lesiones producidas por un accidente.

Paga al acreedor beneficiario, las cuotas correspondientes al servicio de la deuda del asegurado que no puedan ser pagadas a causa de cesantía involuntaria.

Es un seguro exigido por las entidades crediticias, que cubre el saldo insoluto de la deuda por muerte del deudor asegurado. Se puede contratar la cobertura adicional de invalidez 2/3 que cubrirá el mismo saldo.

En caso de fallecimiento del apoderado económico, paga un monto único o una renta educacional a cada hijo sobreviviente que se encuentre estudiando en cursos regulares en un establecimiento educacional autorizado por el Estado para impartir educación.

Es un seguro exigido por las entidades crediticias que cubre los daños al inmueble dado en garantía hipotecaria en caso de incendio. Se pueden contratar coberturas adicionales tales como daños a causa de sismos, salida de mar, rotura de cañerías, etc.

Paga una indemnización, en caso de incendio con pérdida total del inmueble asegurado en la póliza. En caso de pérdida parcial, paga la reparación de dicho bien.

El asegurador se compromete a indemnizar al asegurado del perjuicio patrimonial de su obligación de reparar los daños y perjuicios causados a terceros, por hechos de los cuales sea civilmente responsable.

Otorga una indemnización (reembolso) al asegurado por los gastos médicos incurridos, cubiertos en la póliza contratada.

Otorga una indemnización a los beneficiarios, en caso de fallecimiento del asegurado por una causa cubierta en la póliza.

Otorga una indemnización a los beneficiarios, en caso de fallecimiento del asegurado por una causa cubierta en la póliza y permite el ahorro de una suma de dinero.

Es un seguro obligatorio que otorga cobertura en caso de muerte y por las lesiones corporales que sean consecuencia directa de accidentes en los cuales intervenga el vehículo asegurado.

Cubre los daños del vehículo asegurado (total o parcial). Normalmente la póliza contempla dos coberturas adicionales que pueden contratarse conjuntamente o en forma separada, éstas son responsabilidad civil y robo, hurto o uso no autorizado del vehículo.

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