Compañías Reaseguradoras Nacionales

Son sociedades anónimas nacionales cuyo objeto exclusivo es el reaseguro, tanto de riesgos de seguros de vida como generales, siempre que constituyan capitales independientes para cada uno de estos grupos, y lleven contabilidades separadas para dichas operaciones.

foto Compañías Reaseguradoras Nacionales

Rol en el mercado de seguros

  • Reaseguro.

Características

Las Compañías Reaseguradoras Nacionales pueden reasegurar los riesgos de aseguradoras del mismo grupo, pueden liquidar sus siniestros y reasegurar los riesgos asumidos por ella.

Las Compañías de Seguros de Vida y Generales Nacionales únicamente pueden reasegurar los riesgos de otra aseguradora del mismo grupo en el cual están autorizadas a operar.

La entidad aseguradora, independientemente de haber reasegurado sus riesgos, es la responsable del pago del siniestro y de todas las obligaciones con el asegurado.

  • Autorización: El negocio de seguros y reaseguros en Chile requiere de la autorización de la CMF para el desarrollo de esta actividad.
  • Capital mínimo: Las aseguradoras y reaseguradoras necesitan de un capital mínimo para poder operar.  En el caso de las Compañías de Reaseguro Nacional es de 120.000 UF.
  • Riesgos que cubren: Todos los riesgos del grupo al que pertenecen (primer grupo corresponde a los riesgos generales, y el segundo grupo a los de vida). 
  • Algunas obligaciones de las Compañías Reaseguradoras Nacionales:
    • Evaluar responsablemente los riesgos que asumen.
    • Emitir las pólizas y entregárselas a las aseguradoras.
    • Responder a las presentaciones, reclamos, declaraciones de siniestros de las aseguradoras.

Relación con la CMF

  • Autorización: La Compañía que desee operar en el negocio de seguros y reaseguros en Chile debe constituirse legalmente en nuestro país, en conformidad a la ley de sociedades anónimas, esto es, otorgamiento de escritura pública, resolución de autorización de existencia de la CMF e inscripción en el Registro de Comercio, y publicación en el Diario Oficial del certificado emitido por esta Comisión.
  • Inscripción: Las Compañías de Reaseguro Nacional deben estar registradas en la CMF: Cías. Reaseguradoras Vida Nacionales y Cías. Reaseguradoras Grales Nacionales
  • Supervisión e inspección: Esta Comisión puede, entre otras cosas, requerir a la Compañía que informe sobre sus negocios, inspeccionar sus oficinas, examinar documentación, libros, impartir normas relativas a la preparación y presentación de información financiera (balances, estados de resultados) y a la forma de llevar su contabilidad, y ordenar la designación de Empresas de Auditoría Externa.
  • Reportes: Las compañías de seguro y reaseguro, entre otras cosas, deben presentar periódicamente a esta Comisión estados financieros (FECU) y otros informes técnicos, financieros y  sobre sus negocios.
  • Sanciones: Si una Compañía contraviene la ley o las normas reglamentarias, la CMF puede aplicar sanciones de censura, multa, suspensión de la administración hasta por seis meses, suspensión de todas o algunas de las operaciones hasta por seis meses y revocación de la autorización de existencia.
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