Certificados de Depósitos de Valores (CDV)

Títulos representativos de valores extranjeros, que pueden ser ofrecidos públicamente en el mercado de valores.

foto Certificados de Depósitos de Valores (CDV)

Características

Los Certificados representativos de valores emitidos por emisores extranjeros, se denominarán Certificados de Depósito de Valores, en adelante CDV, son títulos transferibles y nominativos, emitidos en Chile por un depositario de valores extranjeros contra el depósito de títulos homogéneos y transferibles de un emisor extranjero. Para ser ofrecidos públicamente, los CDV deberán inscribirse en el Registro de Valores Extranjeros.

Se entenderán comprendidos dentro del concepto de valores extranjeros, los certificados de depósito representativos de valores chilenos inscritos en el registro de valores, emitidos en el extranjero. Los CDV podrán canjearse o convertirse en su equivalente a valores extranjeros, así como estos últimos a aquéllos, de acuerdo al contrato de depósito de valores extranjeros suscrito entre el emisor y el depositario de valores extranjeros o, en su caso, de acuerdo al reglamento interno correspondiente.

Los Certificados de Depósito de Valores (CDV's) representativos de valores extranjeros, los cuales deberán ser susceptibles de ser ofrecidos públicamente en los mercados de valores del país del emisor o en otros mercados de valores internacionales.

La inscripción de los CDV's sólo podrá realizarse cuando el emisor originario de los valores esté inscrito en la entidad supervisora o reguladora competente de su país de origen o de otro país donde se transen efectivamente sus valores.

¿A quién está dirigido?

A inversionistas institucionales, intermediarios de valores, inversionistas privados e inversionistas extranjeros.

¿Cómo funciona?

El patrocinador de la inscripción de los CDV, solicita a la CMF el registro de éstos en el Registro de Valores Extranjeros, permitiéndose, una vez inscritos, su oferta pública y transacción en el mercado de valores.

El Depósito Central de Valores (DCV), a través de su Custodio, mantendrá en custodia los CDV a favor de los corredores de bolsa intervinientes para beneficio de los inversionistas.

El Patrocinador de la inscripción de los valores extranjeros, provee al mercado chileno toda la información requerida en el título XXIV de la Ley Nº 18.045, correspondientes a los valores listados en Chile conforme a lo establecido en Norma de Carácter General N°352.

Montos involucrados

El monto de la emisión dependerá del monto total de los títulos o valores que desee colocar un emisor extranjero en el mercado local a través de los CDV.

¿Con quién se contrata?

Se compra a través de los corredores de bolsa en las Bolsas de Valores, que realicen las operaciones a que se refiere el Título XXIV de la Ley N° 18.045, De la oferta pública de valores extranjeros en el país.

Precauciones y advertencias

Para ser ofrecidos públicamente, los CDV deberán inscribirse en el Registro de Valores Extranjeros.

Costos asociados

Tanto las Bolsas de Valores como los Intermediarios de Valores, realizan un cobro por las operaciones que se realizan (compra o venta) asociados a operaciones en mercados extranjeros. Corresponden, al igual que en el mercado nacional, a comisiones acordadas previamente en la Ficha Única de Clientes más costos adicionales definidos para cada mercado.

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