Swaps

Contrato financiero derivado, entre dos partes, que acuerdan intercambiar flujos de caja futuros, de acuerdo a una fórmula preestablecida.

foto Swaps

Características

Puede entenderse como una cadena de contratos forward, de manera de generar la cobertura necesaria para lo que se requiera.

El nocional o principal de un contrato swap es un monto de dinero que corresponde a un activo o pasivo especifico expresado en moneda nacional (peso chileno), moneda extranjera o UF.

Constituyen una herramienta para la gestión de activos y pasivos, generalmente utilizados por personas jurídicas.

¿A quién está dirigido?

Los contratos swaps son acuerdos individuales entre dos partes siendo generalmente una de ellas una persona jurídica.

¿Cómo funciona?

Las dos partes acuerdan intercambiar flujos de caja futuros de acuerdo a condiciones preestablecidas. Se trata de contratos hechos a la medida de las necesidades de quienes lo firman.

Tal como el caso de los forward, los contratos swaps se transan en el mercado extrabursátil u OTC.

El contrato swap debe expresar entre otras características del negocio, las siguientes:

  • Moneda del intercambio.
  • Tasa de interés.
  • Plazos y fechas de los intercambios.
  • Fórmulas aplicadas.

Montos involucrados

El monto es variable y dependerá del nocional o principal acordado, expresado en moneda nacional, moneda extranjera o en UF.

¿Con quién se contrata?

No se necesita de un intermediario para la contratación de un swap, es entre dos personas naturales o jurídicas.

Precauciones y advertencias

  • Si contrata a través de corredores de bolsa o agentes de valores, compruebe que éstos se encuentren inscritos y vigentes en el Registro de Corredores de Bolsa y de Agentes de Valores, que mantiene esta Comisión.
  • Estas operaciones no se encuentran sujetas a la fiscalización de la CMF, en tanto algunas de las partes no sea fiscalizada por esta Comisión.
  • Este producto requiere un acabado conocimiento de sus características, acerca de la construcción de los vencimientos sobre la base de fórmulas complejas, y no se recomienda al público no conocedor.

Costos asociados

Podrían existir cobros por intermediación, por el servicio prestado. Además del implícito en el producto, en el caso de tener que pagar a la contraparte.

Términos relacionados

Cobros que efectúan tanto las Bolsas de Valores como los Intermediarios de Valores, por las negociaciones que realizan, las que pueden ser operaciones en Bolsa y fuera de Bolsa. Existen cuatro grandes tipos de cobros: 1- Comisión del corredor: cada corredor establece su propia política de cobro de comisión, la que generalmente se basa en un porcentaje del monto transado. Puede incluir además, los derechos de bolsa que son los derechos que cobran las bolsas de valores por transar en ellas. 2- Impuesto al Valor Agregado (IVA): la comisión del corredor está sujeta al 19% de dicho impuesto. 3- Costo de Custodia: el cliente puede optar por mantener el mismo las acciones o dejarlas en custodia con su corredora, la que a su vez las puede depositar en la empresa de depósito y custodia de valores. Este costo es variable. 4- Otros: Algunos intermediarios de valores cargan costos fijos por concepto de facturación a los clientes.

Entidades públicas y privadas que se constituyen legalmente ante el Estado, con ciertos derechos y obligaciones. Las personas jurídicas de derecho público representan a la autoridad en sus funciones administrativas (municipalidades, ministerios, etc). Las personas jurídicas de derecho privado son de dos tipos: las que tienen fines de lucro se llaman sociedades civiles y comerciales, y las que no persiguen ganancias, son las corporaciones y fundaciones.

Subir
Evalúa nuestro contenido