Seguro de Vida

Otorga una indemnización a los beneficiarios, en caso de fallecimiento del asegurado por una causa cubierta en la póliza.
Características
- Puede ser contratado de manera individual o colectiva.
- Su contratación es voluntaria.
- Tiene una vigencia definida, los contratos temporales son por un período definido y los de vida entera son hasta la muerte del asegurado.
- Establece una edad máxima del asegurado para incorporarse en la póliza.
- Establece una edad máxima del asegurado en que se dará cobertura.
- Generalmente se requiere una declaración de salud antes de incorporarse a la póliza.
- El asegurado deberá tener en cuenta si existen carencias estipuladas en la póliza, las características de éstas y, de ser así, si las mismas se ajustan a sus necesidades.
- Existen distintos tipos de seguros de vida: temporales, vida entera, vida flexible, con ahorro, de desgravamen, etc.
Normalmente excluyen:
- Las actividades o deportes riesgosos, como por ejemplo los deportes extremos, el manejo de explosivos, los trabajos en altura, etc.; o bien podrían ser aceptados por la compañía aseguradora con un incremento en la prima.
- Las enfermedades y condiciones de salud preexistentes, que podrían ser aceptadas con un incremento en la prima.
- El suicidio antes de un determinado plazo, la pena de muerte o participación del asegurado en algún delito, participación en guerra o actos terroristas, etc.
Exclusión de cobertura por enfermedades o condiciones de salud preexistentes:
La incorporación en las condiciones generales de la póliza de exclusiones de cobertura por enfermedades o dolencias preexistentes, deberán señalar expresamente que éstas corresponden a enfermedades, dolencias o situaciones de salud diagnosticadas o conocidas por el asegurado o por quien contrata a su favor, antes de la contratación del seguro.
El asegurado estará obligado a declarar sinceramente todas las circunstancias que solicite el asegurador para identificar el riesgo y apreciar la extensión de éste.
Para prestar la declaración a que se refiere el párrafo anterior, será suficiente que el contratante informe el tenor de lo que solicite el asegurador, sobre los hechos o circunstancias que conozca y sirvan para identificar el riesgo y apreciar su extensión.
Precauciones y advertencias
Al contratar un seguro de vida, previo a dar la conformidad a las condiciones ofrecidas por la Compañía de Seguros, es importante tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
- Lea detenidamente y asegúrese de comprender la propuesta del seguro antes de suscribir el contrato, así como las condiciones generales de la póliza, que pueden consultarse en el depósito de pólizas de la CMF con el respectivo código (Código POLXXXXXX).
- Antes de firmar la propuesta del seguro, tener claro:
1. Cómo y bajo qué condiciones se renueva el seguro.
2. De qué manera se va a reajustar el costo del seguro, en caso de renovación.
3. En qué casos el seguro no pagará.
4. Los requisitos para cobrar el seguro.
5. El período de cobertura y vigencia del seguro. - Solicite a la aseguradora o corredor de seguros su contrato y verifique que las condiciones particulares correspondan a lo acordado. En caso de seguros colectivos, a través del tomador, la compañía de seguros deberá entregar a cada uno de los asegurados una copia de la póliza o, al menos, un certificado que acredite la cobertura. En este último caso tanto la aseguradora como el tomador y el corredor deberán mantener a disposición de los interesados una copia de la póliza.
- Asegúrese de incorporar en el contrato la información de al menos un beneficiario del seguro.
- Tenga en cuenta la clasificación de riesgo de la compañía que ofrece el seguro de vida.
- Compruebe que los corredores de seguros se encuentren inscritos en los Registros de la CMF.
- No trate con personas no autorizadas y denuncie en caso de detectar alguna irregularidad.
- Tenga presente que las compañías de seguros pagan una comisión a los corredores de seguros por su labor de asesoría, quienes deben actuar en forma independiente con distintas compañías, y en algunos casos a sus agentes de ventas, quienes sólo pueden actuar para una compañía de seguros para la cual trabajan.
¿Qué seguro debería adquirir?

Antes de contratar un seguro, analice cuáles pueden ser los más necesarios según la etapa de la vida en que se encuentra.

Recomendaciones para contratar un seguro de vida
El Seguro de Vida debe cubrir las necesidades de la familia en caso de fallecimiento del generador de ingresos.

La ruta para cobrar un seguro
El primer paso para cobrar un seguro es denunciar el siniestro ante la compañía de seguro, para que se realice el informe de liquidación.

Deberes y derechos de los asegurados
Al contratar un seguro es necesario tener en cuenta que el asegurado tiene derechos y deberes.

Partes de una póliza de seguro
La póliza es el contrato del seguro, que contiene los derechos y obligaciones de cada una de las partes.

Recomendaciones para la presentación de consultas y reclamos de seguros ante las compañías, corredores o liquidadores
Revise esta Guía del Reclamante para el asegurado.

Presentación de consultas y reclamos de seguros en la CMF
Sus consultas y reclamos serán atendidos por el Área de Atención y Protección al Inversionista y Asegurado (APIA).
Circular N° 2131
Imparte instrucciones sobre atención de clientes y tramitación de consultas y reclamos. Reemplaza y deroga circulares N° 1487, de 2000, y 1760, de 2005.
Ley de Seguros DFL N° 251
Texto actualizado que incluye modificaciones introducidas al 26 de octubre 2016.
Resumen de la Normativa Legal del Mercado Asegurador
A fin de proporcionar una adecuada información al mercado asegurador nacional e internacional, se ha efectuado una recopilación de las normas legales que regulan la actividad aseguradora, reaseguradora y de los auxiliares de comercio de seguros, todas las cuales tienen por objeto velar por la transparencia del mercado y, fundamentalmente, proteger los derechos de los asegurados.
¿Qué es el Acuerdo de Unión Civil o AUC?
La ley N° 20.830 publicada el 21 de abril de 2015, define al Acuerdo de Unión Civil como el contrato celebrado entre dos personas que comparten un hogar, con el propósito de regular los efectos jurídicos derivados de su vida afectiva en común, de carácter estable y permanente.
¿Desde cuándo se puede celebrar un AUC?
Un Acuerdo de Unión Civil puede celebrarse a contar del 22/10/2015.
¿Cómo se denominan los que firman este acuerdo?
Los contrayentes se denominan "convivientes civiles".
¿Un conviviente civil tiene derecho a herencia?
Cada conviviente civil será heredero intestado y legitimario del otro y concurrirá en su sucesión de la misma forma y gozará de los mismos derechos que corresponden al cónyuge sobreviviente. El conviviente civil podrá también ser asignatario de la cuarta de mejoras.
¿Cuáles son las causales de término de un Acuerdo de Unión Civil?
El Acuerdo de Unión Civil terminará:
a) Por muerte natural de uno de los convivientes civiles.
b) Por muerte presunta.
c) Por el matrimonio de los convivientes civiles entre sí, cuando proceda.
d) Por mutuo acuerdo de los convivientes civiles, que deberá constar por escritura pública o acta otorgada ante oficial del Registro Civil.
e) Por voluntad unilateral de uno de los convivientes civiles, que deberá constar por escritura pública o acta otorgada ante oficial del Registro Civil.
f) Por declaración judicial de nulidad del acuerdo.
El término del Acuerdo de Unión Civil pondrá fin a todas las obligaciones y derechos cuya titularidad y ejercicio deriven de la vigencia del contrato.
¿Con qué estado civil queda un conviviente civil si se pone término al Acuerdo de Unión Civil?
El término de este acuerdo restituirá a los contrayentes el estado civil que tenían antes de celebrar este contrato, salvo en caso que el AUC termine con ocasión del matrimonio de los convivientes civiles entre sí.
¿Son causantes de Asignación Familiar los convivientes civiles?
No, la Ley N° 20.830 que estableció el AUC no modificó el artículo 3° del Decreto con Fuerza de Ley N°150 que define quiénes son los causantes de Asignación Familiar, por lo que los convivientes civiles no tienen esa calidad.
¿Puede ser carga de salud un conviviente civil?
Si, la Ley N° 20.830 permite que cualquiera de los convivientes civiles sea carga de salud del otro.
¿Dónde se pueden revisar estadísticas del mercado de seguros? (prima, utilidad, siniestralidad, inversiones, margen de contribución, evolución de la prima del mercado)
Busque la información que necesita en la sección Estadísticas del Mercado de Seguros del portal de esta Comisión.
Trámites y servicios en esta Comisión (CMF)
Consulta sobre el texto de una póliza de seguro
Conozca los textos autorizados por la CMF para pólizas de seguro.
Consulta sobre información general de temas de seguros
Infórmese acerca de temas de seguros de su interés.
Consulta sobre la existencia de seguros de un familiar fallecido o con incapacidad judicialmente declarada
Conozca si su familiar fallecido tenía contratados seguros. Esta consulta sólo puede efectuarla el (la) cónyuge, los padres o hijos del fallecido. Este servicio también se encuentra disponible en caso que el familiar se encuentre declarado judicialmente incapaz.
Consulta sobre la existencia de seguros en que usted es beneficiario
Conozca los seguros de una persona fallecida (o con incapacidad judicialmente declarada) en que usted sea el beneficiario (a) del seguro.
Consulta sobre la existencia de seguros en que usted tiene un legítimo interés
Conozca los seguros en los que tenga un legítimo interés.
Reclamos en contra de entidades de seguros ante la CMF
Reclame ante la CMF por problemas relacionados con un seguro.
Registro de Corredores de Seguros
Infórmese acerca de las personas o entidades autorizadas para operar como Corredores de Seguros.
Registro de Liquidadores de Siniestros
Infórmese acerca de las personas o entidades autorizadas para operar como liquidadores de siniestros.
Seguros de Vida de personas fallecidas
Este trámite permite obtener información sobre los seguros contratados por una persona fallecida.
Solicitud de información pública de acuerdo con Ley de Transparencia
Solicite a la CMF información pública de su interés.
Sitios relacionados
Depósito de Pólizas
Depósito de Pólizas de Seguros en el portal de la CMF.
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Ficha de Actor del mercado | 0 |
Ficha de Instrumento de inversión | 0 |
Ficha de Seguro | 0 |
Ficha de Trámite | 0 |
Gráfico | 0 |
Infografía mercados | 0 |
Infográfia público | 0 |
Link de acceso directo | 0 |
Interactivos | 0 |
Normativa | 0 |
Circulares | 0 |
Compendio | 0 |
Decretos Leyes | 0 |
Decretos Supremos | 0 |
Leyes | 0 |
Norma de Carácter General | 0 |
Normativa en SVS | 0 |
Oficios | 0 |
Reglamento | 0 |
Resolución | 0 |
Pregunta - Respuesta | 0 |
Presentación portadilla | 0 |
Temas | 0 |
Tip | 0 |
TOTAL |
Consejos o datos
Tip 1 para el Seguro de Vida
Los beneficiarios designados pueden ser familiares, socios, acreedores, etc.
Tip 2 para el Seguro de Vida
Este beneficio puede pagarse de una sola vez o bien en forma de una renta.