Cuotas de Fondos Mutuos

Títulos que representan la inversión de una persona natural o jurídica en un Fondo Mutuo. Las cuotas pueden estar expresadas en pesos (moneda corriente nacional) y otra moneda extranjera.

foto Cuotas de Fondos Mutuos

Características

Los aportes que conforman un Fondo Mutuo quedan expresados en cuotas del fondo o de la serie respectiva, todas de igual valor y características.

Las cuotas que se emitan son valores de oferta pública.

Las cuotas pueden estar expresadas en pesos (moneda corriente nacional) u otra moneda extranjera. El valor de la cuota es variable y se valoriza diariamente, incluso en algunos casos, puede variar durante el día.

Los Fondos Mutuos se clasifican en:

  1. Deuda de corto plazo con duración menor o igual a 90 días
  2. Deuda de corto plazo con duración menor o igual a 365 días
  3. Deuda de mediano y largo plazo
  4. Mixto
  5. De capitalización
  6. De libre inversión
  7. Estructurado
  8. Dirigidos a inversionistas calificados.

Los fondos pueden contemplar series de cuotas, que se diferencian por una característica particular y que pueden tener distintas remuneraciones y cobrar comisiones diferentes. Aunque cada serie tiene su propio valor cuota y patrimonio, la política de inversión es única para el fondo, lo que no cambia según la serie.

El fondo puede invertir en Chile y en el extranjero, según lo defina el propio Fondo Mutuo en su política de inversiones, pudiendo tener en su cartera hasta un 100% de sus activos en títulos extranjeros.

  • Valor Cuota
    El valor cuota de un fondo mutuo, es aquel que resulta de dividir el valor contable del patrimonio del fondo, por el número de cuotas suscritas y pagadas al momento de efectuado el cálculo. El valor cuota de cada serie, se determinará dividiendo la proporción del valor contable del patrimonio que representan el conjunto de cuotas de la serie respectiva por el número de cuotas suscritas y pagadas de esa serie.
    Para más información revise el Informe por Periodos de Patrimonio, Rentabilidad, Partícipes y Valor de la Cuota o descargue la Cartola diaria por fondo.
  • Unidad de valor: pesos, moneda corriente nacional u otra moneda extranjera.

¿A quién está dirigido?

A personas naturales y jurídicas, inversionistas calificados, inversionistas institucionales, intermediarios de valores, e inversionistas extranjeros.

¿Cómo funciona?

Antes de realizar una inversión en Fondos Mutuos, el inversionista deberá tener claro cuál es el objetivo que quiere cumplir con esa inversión, cuál es su perfil de inversionista, el tipo de inversión o instrumento en el que quiere invertir, los costos asociados a esa inversión etc.

Para evaluar todos estos temas revise los siguientes artículos:

Una vez que todos estos puntos están resueltos por el inversionista, debe elegir una Administradora General de Fondos o un agente para la comercialización de cuotas de aquel fondo en el cual desea invertir.

La Administradora es la encargada de administrar el fondo. Dicho fondo está compuesto por los dineros de todos los aportantes de ese fondo, por lo que cuando alguien invierte en un "fondo mutuo" se convierte en un "partícipe" de esos fondos.

En forma previa a realizar la inversión, y con el objeto que usted tenga información suficiente y relevante acerca de su futura inversión, la administradora tiene la obligación de proveerle los siguientes documentos (independiente de si usted realiza la inversión de forma presencial o remota, a través de Internet o por otros medios remotos):

  • Contrato General de Fondos, en el que se le informa sobre las condiciones en que puede continuar haciendo aportes y la forma y condiciones para que pueda realizar el rescate de su inversión (que puede ser de forma parcial o total).
  • Folleto Informativo del Fondo en el que está invirtiendo, el cual le informa sobre las características e instrumentos y mercados en los que usted está invirtiendo a través de ese fondo.
  • Reglamento Interno del Fondo en el que está invirtiendo.

Cuando una persona decide recuperar el total o parte de su inversión, retira o "rescata" esos dineros de los fondos, por lo que esa operación se llama "rescate".

La sociedad administradora del fondo cumple ante la Comisión con un procedimiento especial para su autorización de existencia, y los reglamentos internos de los fondos, y el contrato general de fondos deben ser depositados en el Registro Público de Depósito de Reglamentos Internos que lleva la Comisión.

Montos involucrados

En general no existen montos mínimos para realizar una inversión en fondos mutuos, sin embargo, existen algunos fondos que exigen montos mínimos para poder realizar una inversión.

También puede darse el caso que un mismo fondo contemple distintas series, en las que algunas exigen monto mínimo de ingreso y otras no.

¿Con quién se contrata?

Con las Administradoras Generales de Fondos y agentes para la comercialización de cuotas, los que son mandatarios de las administradoras.

Precauciones y advertencias

  • No tienen garantía, salvo aquellos denominados estructurados - garantizados.
  • Su liquidez se da al momento del rescate, según el plazo establecido en el reglamento interno de cada fondo, el cual, por regla general, no puede ser superior a 10 días corridos contados desde el rescate, o es inmediata en caso de venta en el mercado secundario.
  • Al momento de realizar su inversión Inicial, debe saber que todas las cuotas de un fondo o de la serie respectiva, son de igual valor y características.
  • No son reajustables. El valor de la cuota es variable y se valoriza diariamente. Para ello, los fondos son clasificados en fondos mutuos de deuda de corto plazo con duración menor o igual a 90 días, deuda de corto plazo con duración menor o igual a 365 días, deuda de mediano y largo plazo, mixto, de capitalización, de libre inversión, estructurado y aquellos dirigidos a inversionistas calificados.
  • No devengan intereses. El beneficio que la inversión en un fondo mutuo reporta a los partícipes, es el incremento que puede producirse en el valor de la cuota como consecuencia de las variaciones experimentadas en el patrimonio del fondo y el eventual reparto de beneficios.
  • El plazo de vigencia se determina en el Reglamento Interno del fondo mutuo.
  • La inversión en cualquier fondo mutuo no garantiza una rentabilidad, se pueden obtener pérdidas o ganancias dependiendo del comportamiento de los precios de mercado de los instrumentos en los cuales la sociedad administradora invierte, por cuenta del fondo y de acuerdo a la política de inversión de mismo establecida en su reglamento interno, y de la capacidad de gestión de ésta.

Costos asociados

Todos los cobros de comisiones, remuneraciones, política de inversiones y otros conceptos están estipulados en el reglamento interno del fondo.

Existen dos tipos de cobros que realizan las administradoras: la remuneración por administración, y la comisión, que es el cobro que normalmente se realiza cuando el inversionista realiza un rescate, el que también varía de acuerdo al tipo de fondo y serie.

También hay fondos que cobran comisión de colocación al momento de realizar un aporte.

Existe libertad para que cada gestora establezca el valor de las comisiones, los cuales deben ser claramente informados al potencial partícipe al momento de invertir.

Es muy importante que se informe sobre los cobros que realizan las administradoras, debido a que estos presentan diferencias significativas entre fondos mutuos de un mismo tipo.

¿Cómo se evalúa una inversión en Fondos Mutuos?

Es importante destacar que ningún fondo mutuo puede proyectar ni asegurar rentabilidad futura, a excepción de los fondos mutuos que son garantizados, los que aseguran la obtención de una rentabilidad previamente determinada (fija o variable).

¿Cómo se genera la rentabilidad en los Fondos Mutuos?

La rentabilidad de los fondos mutuos es generada principalmente por dos factores:

  1. Ganancia o pérdida de capital:se refiere al momento en que los activos que son mantenidos por el fondo mutuo cambian su valor. Se generan ganancias o pérdidas de capital para el fondo, que se ven reflejadas en un mayor o menor valor de la cuota.
  2. Dividendos e intereses: corresponden a las ganancias que generan los fondos mutuos a sus inversionistas, a través de los intereses o dividendos pagados por los instrumentos que mantienen, por ejemplo, inversiones en instrumentos de deuda o acciones de sociedades anónimas. O bien, en éste último caso, los dividendos pueden también ser distribuidos entre los partícipes del fondo.

¿Cómo se invierten los recursos de los partícipes de un Fondo Mutuo?

El patrimonio de cada fondo mutuo se invierte en distintos activos financieros, tales como depósitos bancarios, bonos, acciones, etc., de acuerdo a la política de inversiones contenida en el reglamento interno que tiene cada fondo, por cuenta y riesgo de los partícipes de éste.

Además, cada inversión tiene un riesgo asociado. Una cartera de instrumentos adecuadamente estructurada permite diversificar los riesgos.

¿Cómo se puede ser partícipe de un fondo mutuo?

La calidad de partícipe se produce en el momento en que la sociedad administradora recibe el aporte del inversionista, en dinero efectivo o en la moneda que establezca el reglamento interno.

No obstante, se podrá pagar con cheques de bancos establecidos en el país en pago de la suscripción de cuotas. En tal caso, la calidad de partícipe se adquirirá al momento del cobro de dicho documento y cuando se curse el traspaso correspondiente, tratándose de transacciones en el mercado secundario.

¿Cuál es el valor-cuota diario de un determinado fondo mutuo?

El valor cuota diario de un determinado fondo mutuo o de la serie respectiva aparece en nuestro sitio web. Mediante una herramienta de búsqueda usted puede ingresar la fecha que le interese consultar y obtener el valor cuota requerido.

El valor cuota de hoy lo sabrá sólo para los Fondos Mutuos tipo 1. Para los demás fondos, siempre se sabe el valor cuota hasta el día anterior.

¿Cuál es la forma de cálculo del valor-cuota?

La forma de cálculo del valor cuota de un fondo mutuo se encuentra establecida en el artículo 10 del DS N° 129 de Hacienda de 2014. Éste señala que el valor cuota de cada fondo se determinará dividiendo el valor contable del patrimonio del fondo por el número de cuotas suscritas y pagadas al momento de efectuado el cálculo. El valor cuota de cada serie se determinará dividiendo la proporción del valor contable del patrimonio que representan el conjunto de cuotas de la serie respectiva por el número de cuotas suscritas y pagadas de esa serie.

Para determinar el valor de la cuota, las administradoras deberán utilizar el valor patrimonial del fondo al momento en que la valorización es efectuada. Dicho momento será determinado por la Comisión, según el tipo de fondo de que se trate.

El valor cuota deberá quedar permanentemente a disposición del público en general, en la forma que determine la Comisión.

¿Dónde se puede obtener información acerca de un determinado Fondo Mutuo, por ejemplo, su política de inversión, remuneración, comisiones, etc.?

Se puede obtener información de un determinado fondo mutuo en su:

  • Reglamento Interno: características generales del fondo, política de inversión y diversificación, política de endeudamiento, garantía, series, remuneraciones, comisiones y gastos, suscripción, rescate y valorización de cuotas.
  • Contrato General de Fondos: identificación de las partes, aportes y rescates, información al partícipe, planes de suscripción y rescate de cuotas adscritos, declaraciones.
  • Contrato de Promesa: identificación de las partes contratantes, lugar y fecha de celebración, monto del aporte prometido, plazo en que deberá efectuarse el aporte y las condiciones bajo las que se convertirá ese monto en cuotas.

Adicionalmente, la Administradora deberá proveer al partícipe de un Folleto Informativo cada vez que éste efectúe aportes a un fondo mutuo, el cual deberá contener en forma concisa y en un lenguaje no técnico, información sobre las características esenciales del fondo que permita a los inversores comprender su naturaleza y riesgos y, por ende, tomar una decisión informada acerca del fondo mutuo.

El Folleto Informativo contiene la siguiente información:

  • Identificación del fondo, de la serie y de la sociedad administradora a que se refiere.
  • Identificación de las series de cuotas, sus características y diferencias de costos e indentificar aquella serie que tiene menor remuneración.
  • Objetivo del fondo.
  • Tipo de inversionista al cual está dirigido el fondo.
  • Riesgos inherentes a las inversiones.
  • Existencia de beneficios tributarios.
  • Rendimientos históricos.
  • Simulación de escenarios.
  • Resumen de costos.
  • Plazo de pago de rescates y de duración del fondo.
  • Fiscalización.
  • Información del fondo.

¿Es recomendable diversificar por número de Fondos?

Los inversionistas a menudo creen que por ser partícipes en distintos fondos mutuos están protegidos del riesgo de mercado. No obstante, hay que tener claro que si los fondos que componen su cartera de inversión tienen las mismas características, la diversificación se habrá diluido y el riesgo se habrá mantenido.

¿Qué es un fondo mutuo?

Un Fondo Mutuo es el patrimonio integrado por aportes de personas naturales y jurídicas (denominados partícipes o aportantes), para su inversión en valores de oferta pública y bienes que la ley permita, que administra una sociedad anónima por cuenta y riesgo de los partícipes y que permite el rescate total y permanente de las cuotas, y que las paguen en un plazo inferior o igual a 10 días.

Se encuentran regulados por la Ley N° 20.712 y por sus respectivos reglamentos internos depositados en el Registro que lleva esta Comisión.

¿Qué es un rescate en fondos mutuos?

Un rescate es el retiro total o parcial del dinero invertido por un aportante en un Fondo Mutuo.

¿Qué tipos de fondos mutuos existen?

A nivel general existen tres tipos de instrumentos en los que pueden invertir los fondos mutuos:

a) Instrumentos de deuda de corto plazo: son aquellos valores de oferta pública representativos de deuda, cuyo plazo, hasta su total extinción, no exceda los 365 días a la fecha de valorización del fondo.

b) Instrumentos de deuda de mediano y largo plazo: son aquellos valores de oferta pública representativos de deuda, cuyo plazo, hasta su total extinción, exceda los 365 días a la fecha de valorización del fondo.

c) Instrumentos de Capitalización: son los valores de oferta pública representativos de capital, tales como, acciones de sociedades anónimas abiertas, cuotas de fondos de inversión, cuotas de fondos mutuos, entre otros.

De acuerdo con las características descritas, los fondos mutuos se clasifican en 8 tipos:

  • Fondo tipo 1: Deuda de corto plazo con duración menor o igual a 90 días
    - La duración de la cartera de inversiones del fondo debe ser menor o igual a 90 días.
    - Invierten en instrumentos de deuda de corto plazo y en instrumentos de deuda de mediano y largo plazo.
    - La duración de la cartera de inversiones de fondo será que ser menor o igual a 90 días.
  • Fondo tipo 2: Deuda de corto plazo con duración menor o igual a 365 días
    - La duración de la cartera de inversiones del fondo debe ser menor o igual a los 365 días.
    - Invierten en instrumentos de deuda de corto plazo y en instrumentos de deuda de mediano y largo plazo.
  • Fondo tipo 3: Deuda de mediano y lago plazo
    - La duración mínima de la cartera debe ser superior a los 365 días.
    - Invierte en instrumentos de deuda de corto plazo e instrumentos de deuda de mediano y largo plazo con una duración mínima superior a los 365 días.
  • Fondo tipo 4: Mixto
    - Son aquellos que, conforme a su Reglamento Interno, pueden invertir en instrumentos de deuda de corto plazo, instrumentos de deuda de mediano y largo plazo e instrumentos de capitalización.
    - Al momento de definirse estos fondos, deberán expresar los porcentajes máximos y mínimos de sus activos, que se invertirán en instrumentos de capitalización. En todo caso, la diferencia entre dichos porcentajes no podrá ser superior al 50% de los activos del fondo.
  • Fondo tipo 5: De capitalización
    Aquellos que conforme a su Reglamento Interno, pueden invertir en instrumentos de deuda de corto plazo, instrumentos de deuda de mediano plazo e instrumentos de capitalización. En todo caso, la inversión en instrumentos de capitalización debe ser a lo menos un 90% del valor de los activos del fondo.
  • Fondo tipo 6: De libre inversión
    Su política es de libre inversión y, si bien no se encuentra normada, debe establecerse en el reglamento interno.
  • Fondo tipo 7: Estructurado
    - Corresponde a los fondos mutuos estructurados, los cuales conforme a su política de inversión, buscan una rentabilidad previamente determinada (fija o variable) al cabo de un período de tiempo específico.
    - Este tipo de fondos pueden denominarse "garantizados", "afianzado", "asegurado" u otros de similar naturaleza, siempre que cuenten con boleta de garantía.
  • Fondo tipo 8: Dirigido a inversionistas calificados.
    Pueden definir libremente su política de inversión, la que debe describirse en el reglamento interno.

¿Quién administra los fondos mutuos?

La administración de los fondos mutuos es ejercida por sociedades anónimas especiales, cuyo exclusivo objeto sean la administración de recursos de terceros, y su fiscalización corresponderá a esta Comisión.

Estas sociedades podrán ser Administradoras Generales de Fondos.

La sociedades administradoras se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a las sociedades anónimas abiertas, por la Ley N° 20.712 y por la normativa impartida por la CMF.

¿Quién fiscaliza a los Fondos Mutuos y las Administradoras Generales de Fondos?

La CMF exige la entrega de información periódica de carácter legal, financiera y contable referente a los fondos y sus administradoras, con el fin de verificar el cumplimiento de las normas establecidas para ellos. Por ejemplo, la revisión del valor diario de la cuota, los estados financieros de los fondos mutuos mensuales y los de las administradoras en forma trimestral.

Asimismo, deben comunicar a la CMF cualquier cambio en la administración, remuneraciones, reglamentos, entre otros.

Términos relacionados

Un Fondo Mutuo es el patrimonio integrado por aportes de personas naturales y jurídicas (denominados partícipes o aportantes), para su inversión en valores de oferta pública y bienes que la ley permita, que administra una sociedad anónima por cuenta y riesgo de los partícipes.

Es la diferencia entre el precio que se pagó como inversión inicial y el precio que se obtiene al vender, cuando el valor de la venta es mayor, obteniendo así una ganancia.

Es la diferencia entre el precio que se pagó por la inversión inicial y el precio que se obtiene cuando se vende, cuando el valor de la venta es menor, obteniendo así una pérdida. Es el opuesto de la ganancia de capital.

Son sociedades anónimas especiales que se constituyen para la administración de Fondos Mutuos, Fondos de Inversión, Fondos de Inversión de Capital Extranjero, Fondos para la Vivienda, y cualquier otro tipo de fondo fiscalizado por esta Comisión. Son demandantes de valores a través de los fondos que administran.

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