Ley N°18.657 Autoriza la creación de FICE

A contar del 1° de mayo de 2014, fecha desde la cual entró en vigencia la Ley N° 20.712, cuyo artículo cuarto derogó expresamente la Ley N° 18.657, se cancela por el solo ministerio de la ley, la inscripción de estos FICE los cuales dejaron de tener la calidad de fiscalizado por esta Comisión. Lo anterior no obsta para que estos fondos puedan continuar sus operaciones en el país.

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Son personas naturales y jurídicas extranjeras, y las chilenas con residencia y domicilio en el exterior, que transfieran capitales extranjeros a Chile y que celebren un contrato de inversión extranjera.

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Ley N°18.657 Autoriza la creación de FICE
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